Esta es la multa por entrar a Madrid Central sin la pegatina de la DGT

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Madrid Central ha empezado el año con unos cuantos cambios en su funcionamiento. Uno de ellos afecta a los coches que no tienen pegatina de la DGT; o lo que es lo mismo, los de gasolina matriculados antes de 2000 y los diésel previos a 2006. Desde el pasado 1 de enero no podrán circular, pero tampoco podrán aparcar en las áreas en las que el estacionamiento está regulado (las famosas zonas azules y verdes), en los aparcamientos públicos, en las plazas de garajes particulares o en las de los residentes de Madrid Central.

La entrada en vigor de esta nueva normativa forma parte de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Esta prohibición es uno más de los puntos en la hoja de ruta de la lucha de Madrid contra los coches más contaminantes. No en vano, en 2022 no podrán circular por el centro de la capital y en 2023 tampoco podrán hacerlo por la M-30. Las medidas seguirán en 2024 cuando sólo los vecinos de Madrid podrán conducir estos vehículos y en 2025 cuando estarán prohibidos en cualquier caso.

90 euros con excepciones

Evidentemente, saltarse esta normativa implicará una sanción económica. Las multas en el nuevo Madrid 360 sin la pegatina DGT serán las mismas que en Madrid Central: una multa de 90 euros, que se podrán reducir a 45 por pronto pago.

Eso sí, como buena norma tiene sus excepciones. Los coches sin etiqueta de la DGT podrán aparcar en la calle fuera del horario de la Zona de Estacionamiento Regulado. Además, los residentes podrán estacionar en las plazas SER de su barrio, aunque no en las zonas azules y verdes de otros distritos.

A esto hay que añadir los vehículos especiales que sí pueden aparcar en estas áreas independientemente de la pegatina que tengan:

  • Vehículos comerciales e industriales que ya tenían autorización para estacionar en zonas SER cuando entró en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
  • Vehículos auxiliares de apoyo al servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular.
  • Vehículos destinados a transportar personas con movilidad reducida
  • Vehículos destinados a servicios esenciales.

Una prórroga de un año

Además de las excepciones que ya os hemos explicado, algunos coches sin etiqueta de la DGT (o con la pegatina A) han obtenido una prórroga de un año para acceder a esta zona de bajas emisiones. Son aquellos que por «razones excepcionales que lo aconsejan para satisfacer las necesidades del tejido social y productivo de la ciudad».

Esta prórroga también incluye a grúas, vehículos de taller y de auxilio en carretera, turismos de los establecimientos de comercio, restauración y hostelería situados dentro de Madrid Central, vehículos especiales, vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de las administraciones públicas y sus contratistas, vehículos que lleven y recojan a los alumnos de las escuelas infantiles, colegios e institutos ubicados en Madrid Central, turismos de empleados cuyo trabajo esté en Madrid Central y cuya hora de inicio o de fin de la jornada esté entre las 24 horas y las 6.30 horas, vehículos que accedan a talleres y vehículos de abogados de oficio que tengan que ir a las comisarías de los distritos de Centro y Retiro.

Fuente: autobild.es